En una entrevista concedida al programa Exceso en Política, la abogada Marcela González analizó en profundidad el proyecto de ley que impulsa la incorporación del artículo 92 bis al Código Penal de la Nación, iniciativa que ya ingresó formalmente al Boletín de Asuntos Entrados de la Cámara de Diputados y que propone tipificar penalmente el daño psicológico en contextos de violencia de género.
La letrada sostuvo que uno de los mayores déficits del sistema judicial argentino es la ausencia de herramientas penales específicas para abordar la violencia psicológica, pese a que se trata —según remarcó— del daño más frecuente y persistente que sufren las mujeres víctimas de violencia de género. “El Código Penal habla de daño en la salud, pero a la hora de imputar, la Justicia no considera la salud psicológica como tal”, afirmó.
Durante la entrevista, González explicó que, en la práctica, los casos de violencia psicológica suelen quedar confinados al fuero civil, donde las respuestas judiciales resultan insuficientes, lentas y, en muchos casos, meramente simbólicas. “Las mujeres no denuncian porque saben que la causa entra por una puerta y sale por la otra”, señaló, al advertir que la falta de tipificación penal desalienta el acceso a la Justicia.
La abogada relató experiencias concretas en las que fiscales intentaron imputar daño psicológico basándose en pericias psicológicas y psiquiátricas que acreditaban incapacidad para rehacer la vida cotidiana, ataques de pánico, ansiedad crónica y miedo paralizante, pero dichas imputaciones no prosperaron por la inexistencia de una figura penal específica.
“Parece que para la Justicia la salud solo existe cuando hay golpes visibles, lesiones graves o la mujer está al borde de la muerte”, cuestionó.
El proyecto impulsado por González propone una redacción sintética pero amplia, incorporando un solo artículo —el 92 bis— que contemple el daño psicológico como delito autónomo cuando sea consecuencia de conductas de violencia de género, en línea con los tipos de violencia previstos en la Ley 26.485.
Uno de los puntos centrales es que el daño deberá acreditarse mediante pericias profesionales idóneas, estableciendo un nexo causal claro entre la conducta y el resultado, lo que —según explicó— actúa como resguardo frente a eventuales falsas denuncias. “No alcanza con decir ‘sufrí violencia’: debe existir una conducta idónea y un daño comprobado”, aclaró.
González fue categórica al refutar la idea de que si existe violencia psicológica sin violencia física. “Hay mujeres que nunca fueron golpeadas, pero viven sometidas al control, la manipulación emocional, económica y el miedo constante. Eso destruye la autoestima y puede llevar incluso al suicidio”, advirtió.
En ese sentido, recordó casos paradigmáticos ocurridos en Catamarca y a nivel nacional, donde la violencia psicológica fue un factor determinante en desenlaces trágicos, y sostuvo que la falta de respuesta penal convierte al Estado en corresponsable por omisión.
En otro tramo de la entrevista, la abogada vinculó la necesidad del nuevo artículo con un problema estructural más amplio: la mora judicial, la saturación de fiscalías en el interior provincial y la falta de control efectivo de las medidas de protección. “No hay recursos humanos suficientes y, aun así, el sistema sigue funcionando con normas obsoletas”, afirmó.
Asimismo, cuestionó la falta de actualización legislativa y la distancia entre los discursos institucionales sobre salud mental y la realidad concreta de los tribunales. “Hablamos de tutela judicial efectiva, pero en los hechos no existe”, sostuvo.
Un proyecto que busca cambiar el paradigma
Finalmente, González remarcó que el objetivo del artículo 92 bis es llenar un bache histórico del derecho penal argentino y brindar una herramienta concreta para que fiscales y jueces puedan actuar antes de que la violencia escale a consecuencias irreparables. “Si existiera esta figura, muchas mujeres no quedarían atrapadas en el vacío legal que hoy las expulsa del sistema”, concluyó.
El proyecto ya se encuentra en comisiones de la Cámara de Diputados y su eventual tratamiento abriría un debate clave sobre la forma en que el Estado argentino entiende —y sanciona— la violencia psicológica, una de las expresiones más invisibilizadas y persistentes de la violencia de género.
Fuente: San Fernando Digital


